Les comparto mi columna de esta semana, relacionada con la aprobación que hiciere ayer el Concejo de Bogo-ta de la Consulta Antitaurina
EL FUTURO DE LA
CONSULTA ANTITAURINA
*Javier González Aza
Con
el cierre de la Plaza de Toros La Santamaría, por parte del Alcalde de Bogotá
Gustavo Petro, comenzó lo que nadie creería se convertiría en toda una novela, en razón a los diferentes
hechos que han rodeado esta situación, al punto de llevar al mandatario
distrital a desconocer no solo ordenes de la Corte Constitucional que se ha
pronunciado sobre este hecho, sino también la regulación específica sobre el
tema.
Es
así como en busca de una solución, que permita resolver de manera definitiva
este tema que se ha prolongado durante la mayor parte del tiempo que lleva la
actual administración distrital, el Concejo Distrital acaba de aprobar la
realización de una Consulta Popular, para que sean los Bogotanos quienes
decidan si quieren el regreso del espectáculo taurino o su prohibición para que
esta actividad nunca más se desarrolle y sea vista en la ciudad.
Esta
salida fuera viable si el asunto objeto de debate no tuviera unos antecedentes de
una relevancia importante, pero si los tiene, lo que hace que el futuro de esta
iniciativa no sea muy prometedor, y
podremos estarnos enfrentando a la realidad de que la misma no termine
su trámite, y por lo tanto tener que continuar escribiendo esta novela
sumándole no se sabe cuántos capítulos más, pues esto depende de que el Alcalde
muestre la voluntad necesaria para en consenso con los demás actores
involucrados se adopte una decisión final, o que llegue el próximo mandatario y
esperar el manejo que decida darle a este hecho.
Pasado
que si se examina conjuntamente con un referente como el de que en nuestro país
los Fallos Judiciales y las leyes son de estricto cumplimiento para los sujetos
cobijados por ellos, hacen que las esperanzas
de que la Consulta Popular termine en
las urnas sean pocas, toda vez que sus precedentes son contundentes; el primero
de ellos es que en nuestro ordenamiento colombiano ya existe una ley que regula
el tema más conocida como el Reglamento Nacional Taurino (Ley 916 -2004), norma
cuya aplicación consagrada en su Art. 2, establecida que es a nivel nacional
fue declarada exequible por la Corte Constitucional mediante Sentencia C- 1192
de 2005
Mandato
legal que frente lo que viene sucediendo en el distrito capital claramente
coloca a la actual administración capitalina en una infracción a la ley por
cuanto al contar la ciudad con un sitio permanente para estos espectáculos no
requiere autorización alguna del órgano competente para su celebración,
solamente de la respectiva comunicación, como lo señala una de las disposición de
la mencionada norma, lo que hace que lo que proceda es un cumplimiento a la ley
más no la utilización de un mecanismo de participación ciudadana.
Así
las cosas por más negativa del alcalde, y deseo de que sea la ciudadanía quien
defina este tema, esta actuación lo que lo está llevando es a estar incurso en
una vulneración legal, la cual es investigable si se tiene presente que constitucionalmente
un servidor público responde por infracción a la ley y a sus funciones
Incumplimiento
que unido al desconocimiento de los pronunciamientos del alto tribunal
constitucional acerca de las corridas de toros, en los que no solo ha hecho
saber que ninguna autoridad pueden recurrir a actos administrativos para
prohibir estos espectáculos y además decidiendo
sobre la protección de derechos ha ordenado la apertura de la plaza de toros,
que tampoco se ha iniciado a cumplir (T- 296-13), hacen que la expectativa se
centre en la decisión del Tribunal Superior de Cundinamarca, quien tiene en sus
manos el estudio de legalidad de la Consulta, prevalecerá lo Político o lo Jurídico,
la Justicia lo dirá.
*Candidato a Magister
en Comunicación Política de la Universidad Externado de Colombia (30-07-15)
Twitter: jgonzaleza84 Blog:
frasesypunto.blogspot.com
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